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Ley 50/1999
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Ley 1/1990
Ley 1/2000
Decreto 44/1991
Decreto 176/1997
Decreto 30/2003
Orden 11/1993
Orden 162/2000
Orden 916/2007

Orden957/2007

ORDEN 916/2007, de 12 de abril, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regula el desarrollo de la Campaña Oficial de Vacunación Antirrábica e Identificación Individual de la población canina, felina y de hurones de la Comunidad de Madrid durante el año 2007, y la obtención del título de Veterinario Colaborador para el sector de animales de compañía.

La Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos, establece en su artículo 9 la obligatoriedad de la vacunación o del tratamiento de los animales de compañía, cuando por razones de sanidad animal o de salud pública sea necesario.

El Decreto 44/1991, de 30 de mayo, de aplicación de la citada Ley, contempla el desarrollo de las normas relativas a la vacunación e identificación individual de los animales residentes en la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con la normativa anterior procede regular para el año 2005 la Campaña Oficial de Vacunación Antirrábica e Identificación Individual de la población canina, felina y de hurones de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, en su redacción actual, dada por la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.

La Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, a través de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural tiene competencias en la materia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 115/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

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