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La Ley 1/1990, de 1 de febrero, sobre Protección de los Animales Domésticos en la Comunidad de Madrid, en su Disposición Adicional primera, compromete a los órganos competentes a programar campañas divulgadoras del contenido de la mencionada Ley entre los escolares y ciudadanos en general, así como a tomar medidas que contribuyan a fomentar el respeto a los animales.
En la línea seguida en años anteriores, la presente Orden tiene como finalidad la potenciación de la propiedad y tenencia responsable de los animales de compañía, para lo cual se mantienen líneas de apoyo a aquellas entidades sin ánimo de lucro que propicien un mayor conocimiento de la defensa, protección y cuidados de los animales y desarrollen actividades o servicios que hagan posible este cumplimiento, incluyendo en la presente campaña las ayudas a la esterilización de perros y gatos, medida que cuenta con el apoyo y respaldo de técnicos y asociaciones, por ser la que mejor contribuye al control de las poblaciones de las especies citadas y a favorecer la convivencia con otros animales y con sus dueños.
Se mantiene la línea de ayudas a la construcción o mejora de Centros Municipales destinados a la recogida de animales vagabundos y el desarrollo de actividades relacionadas con la defensa, protección y cuidado de los animales en el ámbito de los programas establecidos por la Dirección General de Agricultura.
El artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, atribuye a la Comunidad de Madrid la plenitud de la función legislativa en materia de agricultura y ganadería de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.
La Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, a través de la Dirección General de Agricultura, tiene competencias en materias relacionadas con la protección de los animales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Decreto 239/2001, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica. |